El teletrabajo se podrá solicitar en cualquier momento del año, pero no todos los empleados públicos podrán hacerlo. No es una modalidad laboral a la ... que se podrán acoger quienes prestan servicios que requieren la presencia física en sus puestos de trabajo.
Es el caso de los trabajadores de la Junta que están en las oficinas de registro, atención e información al ciudadano; aquellos que están en puestos de secretaría de dirección; quienes ocupan puestos de conductor, subalterno y ordenanza; y los que están en puestos de carácter asistencial en centros de atención de personas mayores, menores, dependientes con diversidad funcional.
Tampoco podrán acogerse al teletrabajo los que realizan de forma constante o predominante labores de campo o que requieren estar en ubicaciones físicas concretas como mataderos, obras, infraestructuras, ITVs, espacios naturales y similares, así como los de carácter instrumental correspondiente a las áreas de laboratorio, mantenimiento y conservación de edificios, equipos o instalaciones; los empleados de las áreas de limpieza y los de atención a emergencias y prevención de incendios.
El resto de trabajadores de la Junta, una vez entre en vigor el nuevo decreto de teletrabajo, podrán solicitar esta modalidad laboral en cualquier momento del año y, además, en determinadas circunstancias, puesto que la forma de llevar a cabo el teletrabajo se determinará en acuerdos individuales, podrán extenderla a todas las jornadas semanales.
Pero cuando en un servicio o unidad no se puedan atender todas las peticiones de teletrabajo por perjudicar el funcionamiento del turno, tendrán prioridad por este orden quienes tengan a su cargo hijos con discapacidad reconocida o grado y nivel de dependencia declarado y quienes tengan hijos menores de 16 años. Después aquellos cuya pareja de hecho o cónyuge tenga discapacidad reconocida o grado y nivel de dependencia declarada, «siempre que no realice actividad retribuida», y aquellos que tengan a otro familiar a cargo directo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con discapacidad o dependencia «siempre que exista relación de convivencia y no desempeñe actividad retribuida».
También tendrán prioridad las familias monoparentales y los empleados públicos con discapacidad reconocida o dependencia declarada. Y sumará puntos también para optar al teletrabajo la distancia de desplazamiento desde la localidad en la que se resida hasta aquella en la que esté el puesto de trabajo.
Si tras aplicar de manera sucesiva estos criterios persiste un empate entre los solicitantes, el teletrabajo se concederá al que tenga más antigüedad en el puesto de trabajo.
Las empleadas públicas en periodo de gestación que ocupen puestos teletrabajables podrán solicitar y obtener autorización para la modalidad no presencial durante el tiempo de duración de la gestación, y las víctimas de violencia de género podrán hacerlo en cualquier momento.
Por último, los empleados públicos que estén teletrabajando cuando entre en vigor el nuevo decreto podrán seguir haciéndolo hasta que concluya el periodo concedido.
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