The Spanish Constitutional Court has ruled that the amnesty law is constitutional. However, Carles Puigdemont, the main beneficiary of the law, will not immediately see its effects. His return to Spain is expected to be delayed for months, potentially years.
Several challenges to the amnesty law are still pending. These include appeals from various regional governments and individuals who feel the law doesn't apply to them. Puigdemont's individual case is further complicated by potential referrals to the European Court of Justice, which could add significant delays (up to a year and a half).
The Constitutional Court's ruling, while declaring the law constitutional, does not directly address Puigdemont's case. The court acknowledges the political context surrounding the law's passage, but focuses on its constitutionality without explicitly mentioning the former Catalan president.
Puigdemont's camp is reportedly unconcerned about the delays, stating that he will not return until his situation is completely resolved.
¿Y ahora qué? El Tribunal Constitucional ha fallado que la ley de amnistía se ajusta a la Carta Magna. La norma ya tiene el espaldarazo de la mayoría progresista y, gracias a sus seis votos, queda avalada. Sin embargo, aquel que siempre fue su destinatario principal, Carles Puigdemont, no solo no ha notado de momento los efectos de este visto bueno, sino que seguirá sin apreciarlos durante meses (e incluso años) que dilatarán una exoneración total en su caso y, con ella, la posibilidad de regresar a España sin riesgos.
Lo que hizo este jueves el TC fue simplemente desbrozar la primera hierba del jardín de los recursos de la amnistía. Acumula varias decenas más, divididos en dos grupos. De un lado, los recursos de inconstitucionalidad y la cuestión que presentó el Tribunal Supremo. De otro, los de amparo que presentan aquellos que consideran que no se les ha aplicado cuando debería ser así. Tras esta primera sentencia, vendrá otras muchas. La ley es, de hecho, la más impugnada de la historia del TC.
En la cola de los recurrentes figuran todas las comunidades autónomas del PP, la de Castilla-La Mancha, de la mano de Emiliano García-Page, y las Cortes de Aragón. También el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sin embargo, ahí no queda la cosa. Incluso contando con que quede despejada la constitucionalidad de todos esos recursos de forma rápida -mediante el método de repetir argumentos similares a los incluidos en esta primera resolución- quedará aún pendiente abordar los casos particulares. En este grupo, el de los amparos, está Puigdemont.
Su recurso de amparo concreto, ese que puede abrirle las puertas del regreso, aún no está ni siquiera registrado. Coincidencias de la vida, su abogado, Gonzalo Boye, anunció que tiene intención de presentarlo justo el día en que la sentencia del aval constitucional se hacía pública. A partir de ahí quedará en manos de Cándido Conde-Pumpido. Como presidente, es quien controla y decide sobre el calendario y sobre la celeridad o la falta de ella que se imprime a los asuntos.
Algunas fuentes sitúan la respuesta del TC al expresident en el próximo otoño. Otras lo alargan hasta la Navidad. Su entorno asegura, por su lado, que no le preocupa. No tiene prisa y no volverá hasta que su situación quede por completo resuelta. Es curioso que nadie duda de que la respuesta por llegar le será favorable. "Por seis a cuatro, seguro", indican socarrones.
Antes que él han acudido al TC ya otros. El Constitucional admitió a trámite en los últimos meses los recursos de Oriol Junqueras, Jordi Turull y los ex consejeros Raül Römeva y Dolors Bassa. La respuesta que se les dé a ellos aportará pistas.
Sin embargo, la espera del líder de Junts puede alargarse aún más allá. Lo que retiene a Puigdemont en Waterloo es la interpretación que el Supremo realiza sobre la ley y, muy en concreto, sobre el delito de malversación. Y en ese terreno, entran en juego otros actores que escapan al TC o a su presidente. A la cabeza se encuentra el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que ya tiene sobre la mesa y está a punto de abordar, la primera cuestión prejudicial que fue presentada, la del Tribunal de Cuentas.
Nada impide, además, que se añadan a las ya existentes, otras cuestiones prejudiciales. Deben presentarlas los tribunales y el TS podría hacerlo si considera que el Constitucional invade sus competencias. Por eso, llegado el caso, el expresident podría encontrarse con el panorama de ver avalada la gracia completa por la corte de garantías, pero que permanezca congelada ante la presentación por parte del TS de una nueva cuestión en Luxemburgo.
Algo así sumaría meses a su espera. Los tiempos habituales de respuesta del TJUE rondan el año y medio. Eso sí, puede lanzar una moneda al aire y confiar en que su encarcelamiento sería imposible con una resolución del TC a favor. Y confiar después también en que el tribunal europeo no le contradiga. El regreso sería posible, pero aún sin la seguridad completa de si queda libre del todo de sus actos durante el procés o no.
En la sentencia aprobada este jueves, de 205 páginas y a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Confidencial, no se le menciona ni una sola vez. Si hay referencias a la situación que se vivió en Cataluña durante los días más tensos del 1-O. Lo califica como una "situación excepcional" provocada por la escalada del proceso secesionista catalán que "desembocaron en una serie de manifestaciones intensas y sostenidas en el tiempo, así como en mayorías parlamentarias independentistas".
"La celebración del segundo referéndum en octubre de 2017 y la declaración de independencia de Cataluña provocaron -por primera vez durante la vigencia de la Constitución- la aplicación de las medidas previstas en el artículo 155 y la intervención por el Estado de las funciones de gobierno de la Comunidad", dice y añade que "los hechos vividos en ese periodo constituyen un supuesto paradigmático de lo que significa una crisis político constitucional, en la medida en que se cuestionaba la supremacía de la Constitución y la unidad del Estado", recuerda.
Hay también referencias al pacto que contó con el apoyo de Puigdemont para investir a Pedro Sánchez a cambio de la aprobación de esta ley. "Este tribunal no desconoce las particulares circunstancias en las que fue aprobada la ley, así como la vinculación expresa que ha existido entre esta y la investidura de un candidato a la presidencia del Gobierno. En este sentido, es claro que toda ley constituye, a la postre, el resultado de una serie de pactos que pueden responder a fines mediatos e inmediatos que pertenecen al ámbito de la negociación y transacción política", dice.
El tribunal añade que "ni avala ni censura ese proceder, pues no es su cometido institucional". "Su misión es analizar la ley impugnada y, en función del contenido de esta, determinar si existe un fin constitucional legítimo y, en lo que a la arbitrariedad interesa, una razón justificativa de interés general". Lo hay, concluye. El interés particular de Puigdemont tendrá, sin embargo, que esperar.
¿Y ahora qué? El Tribunal Constitucional ha fallado que la ley de amnistía se ajusta a la Carta Magna. La norma ya tiene el espaldarazo de la mayoría progresista y, gracias a sus seis votos, queda avalada. Sin embargo, aquel que siempre fue su destinatario principal, Carles Puigdemont, no solo no ha notado de momento los efectos de este visto bueno, sino que seguirá sin apreciarlos durante meses (e incluso años) que dilatarán una exoneración total en su caso y, con ella, la posibilidad de regresar a España sin riesgos.
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